lunes, 26 de febrero de 2018

febrero 26, 2018
MÉRIDA, Yucatán, 26 de febrero de 2018.- El día de hoy, el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Yucatán (TEEY), celebró sesión pública, con el objeto de resolver el Medio de Impugnación que a continuación se precisa.

· Expediente RA.- 001/2018 y su acumulado RA.- 002/2018 correspondientes a los Recursos de Apelación, promovidos por el C. FRANCISCO ROSAS VILLAVICENCIA, en su carácter de representante propietario del PARTIDO DEL TRABAJO, y el C. CONRADO SÁNCHEZ BARRAGÁN en su carácter de representante propietario del PARTIDO POLÍTICO MOVIMIENTO CIUDADANO; en contra del Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Yucatán, por el que se actualiza en detalle y ajusta, el presupuesto de egresos de dicho Instituto para el ejercicio fiscal 2018, a través del acuerdo marcado con el número C.G.-002/2018, de fecha dieciséis de enero de dos mil dieciocho, que presuntamente genera inequidad en la contienda electoral y vulnera los derechos de los partidos políticos apelantes, por la negativa para otorgar financiamiento público para las actividades tendientes a la obtención del voto en campañas electorales en el Estado de Yucatán. 


El Magistrado Presidente, en su carácter de instructor, Abogado Fernando Javier Bolio Vales, presentó un proyecto de resolución en el que declara infundado el agravio alegado por los promoventes, en razón de que el acuerdo C.G.-002/2018, no es más que una confirmación y actualización en parte del acuerdo primigenio C.G.-169/2017 de fecha 13 de octubre de 2017, es decir, es un acto derivado de un acto consentido, mismo que dio origen a la exclusión dentro del financiamiento público para la obtención del voto a los actores.

Esto en virtud de que cuando se sufre una afectación con un acto de autoridad y se tiene la posibilidad legal de impugnar ese acto dentro del plazo establecido por la ley, y no obstante se deja pasar el término, sin presentar el medio idóneo, esta circunstancia revela conformidad con el acto; por lo anterior, se confirma la aprobación del acuerdo marcado con el número C.G.-002/2018 del Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Yucatán. El proyecto fue aprobado por unanimidad de votos de los magistrados que integran el Pleno.

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