viernes, 29 de abril de 2016

abril 29, 2016
MÉRIDA, Yucatán, 29 de abril.- El desconocimiento de la Ley en Materia de Aguas Nacionales es el principal factor por el que industrias o empresas se hacen acreedores a infracciones administrativas o económicas,  hasta por 90 mil pesos, explicó el maestro Carlos Manuel López Godoy, jefe de Proyecto de Servicios a Usuarios en el Organismo de Cuenca Península Yucatán de la Conagua, quien ofreció un taller a socios de la Canacintra Yucatán.


Señaló que el curso “Normatividad en Materia de Aguas Nacionales” tiene como objetivo que los industriales o usuarios en general conozcan la importancia de los derechos y obligaciones en la utilización del vital líquido en sus empresas.

“Con el curso pueden conocer de qué manera puede utilizar las aguas nacionales cumpliendo con la ley, evitando problemas y beneficiándose con los derechos que ofrece la Ley de Aguas Nacionales”.

Explicó que en muchas ocasiones las faltas son por desconocimiento y no por dolo, lo que provoca la falta que está tipificada en la ley, como por ejemplo, la utilización de las aguas sin la concesión o permiso de la Conagua.

El funcionario federal dijo que  al tener la concesión, los industriales pueden aprovechar los apoyos que se ofrecen, como la utilización de pozos.

López Godoy  comentó que si la empresa o industria acumula diversos tipos de infracciones, la suma de la multa se incrementa, por ejemplo, al no contar con el título de concesión, hacer un pozo sin autorización o contaminar las aguas residuales.  

“A raíz de una visita se levanta un acta y se determina el tipo de infracciones, se hace el procedimiento y se llega al momento de dictaminar en qué parte de la ley no se cumplió y en base a eso se aplicaría la multa o las multas que les corresponderían”.

Reconoció que las campañas que la Conagua realiza para dar a conocer la normatividad ha  beneficiado y disminuido las faltas a la ley, por lo que las multas que se dan son principalmente por modificar su sistema de agua sin notificarlo.

“Si ya está autorizado el volumen de agua o un tipo de pozo o bomba, si el usuario se hace otra obra, como cambio de bomba o volumen de descarga y no se manifiesta a la autoridad y llega la inspección, entonces se hace acreedor a una sanción, económica o administrativa o ambas, pero básicamente es por no manifestar a tiempo la modificación que hicieron”.

Comentó López Godoy que en muchas ocasiones estas modificaciones se da porque aumentan su producción o porque cambian la bomba que se descompuso, etc, y no lo informan.

“Además de los cursos que ofrecemos  en la Canacintra Yucatán, llevamos estas pláticas a universidades, municipios o cámaras, en el caso de los ejidos, donde se hacen acreedores a multas por desconocimiento, al utilizar pozos y no tener la concesión”.

Explicó que los ejidatarios tienen una particular, que a ellos no les cuesta el trámite, ni el volumen de agua, de acuerdo a la ley, pero si ellos quieren aprovechar algún apoyo como sistema de riego, una tarifa especial de energía eléctrica, necesitan tener su título de concesión, y al no tenerlo, no están cumpliendo con la ley, lo que los haría acreedores a una infracción y no pueden aprovechar los apoyos   que ofrece el gobierno como los sistemas de riego, mejoramiento de las rieles de riego, cambios de bombas, electrificación.

Indicó que en Yucatán se tiene la ventaja de que hay volumen suficiente de agua, “lo que se tiene que cuidar es la calidad de las aguas que se están devolviendo al subsuelo, que en muchas ocasiones es el principal problema, la contaminación”.

“Todos estamos obligados a evitar que se contamine el manto friático, desde la casa, industria, servicios, y ejidos. Cada sector tiene inquietudes diferentes, no es lo mismo un industrial de textil, que el de harinas o bebidas, y que un ejidatario o un pequeño comerciante, son diferentes problemáticas e inquietudes,  por lo que se pueden acercar a la Conagua”. (Boletín)