viernes, 15 de mayo de 2015

mayo 15, 2015
CIUDAD DE MÉXICO, 15 de mayo.- En un caso sin precedente, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió hoy que una escuela privada del Estado de México tiene que indemnizar a la familia de un niño de siete años víctima de bullying.

La Primera Sala aprobó hoy por unanimidad un proyecto del Ministro Arturo Zaldívar que condena al Instituto Universitario Verdad y Ciencia (IUVYC), con sede en Metepec, a pagar 500 mil pesos por daño moral provocado por abuso contra el menor, que padece trastorno de déficit de atención con hiperactividad.

Es la primera vez que la Corte fija estándares para juzgar este tipo de casos, lo que podría llevar a abrir las puertas para demandas civiles por daño moral contra escuelas privadas que son negligentes en la prevención del bullying, y que hasta ahora han sido escasas por la tardanza de los procesos y la dificultad de probar el acoso.


El máximo tribunal revocó la sentencia absolutoria dictada en favor de la escuela por el Tribunal Superior de Justicia del Estado de México (TSJEM), y lanzó una dura condena contra la actuación tanto del IUVYC, como de la profesora María Popoca Vázquez.


"Las labores del IUVYC y su personal docente para frenar el acoso escolar del cual estaba siendo objeto el menor dentro de la Institución, no sólo fueron insuficientes, sino que de hecho no existió ninguna acción", dice el fallo.

"Por el contrario, tanto el IUVYC como el personal docente evadieron totalmente su responsabilidad de control, vigilancia, protección e información, y estas omisiones constituyen verdaderos actos ilícitos en tanto son contrarios a los deberes legales y generales de cuidado, incluso son constitutivos de discriminación".

En cuanto a la maestra, la Corte estableció que las pruebas aportadas durante el juicio demuestran que alentó el maltrato contra el niño.

"Se acreditó que a partir de la condición del menor, la profesora incitaba a sus alumnos a la discriminación y maltrato, al señalar frases como 'no le hablen, ven que es un retrasado'; que fue omisa en frenar o emprender acciones en contra del maltrato físico y psicológico que recibía el menor por parte de sus compañeros de clase; y que inclusive participó en agresiones físicas y psicológicas hacia el menor", dice el proyecto.

La SCJN votó un amparo directo, ya que atrajo el caso el año pasado, por lo que su sentencia es definitiva y el expediente será devuelto al TSJEM sólo para fines de que haga cumplir el fallo.

La demanda fue presentada en 2011 por Alicia González Hernández, madre del niño afectado, quien reclamó la devolución de colegiaturas del ciclo 2009-2010 y pago de gastos médicos, pero no tuvo éxito ni ante el juez local que tramitó el caso, ni ante la Segunda Sala Civil Toluca del TSJEM.

Se trata de un litigio totalmente distinto a las demandas de amparo que, en los últimos dos años, han sido presentadas por padres de familia ante juzgados federales, también por casos de bullying.

Esas demandas han sido promovidas contra escuelas públicas, pues se ha reclamado la omisión de autoridades escolares y de la SEP para prevenir el acoso a los estudiantes, y el objetivo no es una reparación económica, sino la protección de los menores. (Reforma / aristeguinoticias.com)