viernes, 10 de enero de 2014

enero 10, 2014
MÉRIDA, Yucatán, 10 de enero.- El Equipo Indignación manifiesta su preocupación y rechaza la certificación que ha otorgado la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) a la Fiscalía General de Justicia del estado de Yucatán (FGJE) y deploramos el uso político que pretenden darle confundiendo la asistencia a cursos con las obligaciones en materia de derechos humanos.

Martha Capetillo Pasos y Cristina Muñoz Menéndez, dirigentes de Equipo Indignación (foto: JMRM / Archivo)

La misma CNDH lleva más de dos años sin resolver un recurso interpuesto contra una débil e insuficiente recomendación de la Codhey en el caso de Roberth Tzab, cuya muerte ocurrió en un celda de Tekax en condiciones que obligan a presumir tortura.

De acuerdo con información divulgada por la propia fiscalía, la CNDH ha adoptado la decisión de certificar a la FGEY “en virtud de que su personal ha asistido constantemente a distintos eventos de capacitación en materia de derechos humanos”. Resulta gravísimo que se pretenda sustituir el cumplimiento de obligaciones con otras medidas irrelevantes y que el criterio utilizado por la CNDH pueda estar basado en la cantidad de cursos en materia de derechos humanos que su personal ha tomado, y no en un análisis serio del desempeño de la Fiscalía y de la obligación que, como institución pública, tiene de cumplir con el respeto pleno de los derechos fundamentales.

Algunos datos que contrastan el criterio utilizado por la CNDH son los siguientes:

1.- Apenas el 11 de septiembre del 2013, la misma CNDH emitió la recomendación 34/2013 por graves irregularidades de la Fiscalía General del estado en la investigación por la muerte del adolescente JFC acaecida en Valladolid. En dicha recomendación, la CNDH determinó:

93.Del análisis lógico jurídico realizado al conjunto de evidencias que integran el expediente de queja CNDH/2/2013/203/Q y como quedó asentado en la conciliación de 11 de julio de 2012, se advierten conductas que configuran violaciones a los derechos humanos de legalidad, seguridad jurídica, trato digno, verdad, debida procuración y acceso a la justicia, en agravio de Q1, Q2, Q3 y Q4 atribuibles a AR1, AR2, AR3, AR4, AR5, AR6, AR7 y AR8 adscritos a la Fiscalía General del estado de Yucatán, con motivo de la indagatoria iniciada respecto de la muerte de V1

2.- En el caso del acceso a la Justicia para mujeres que han sido víctimas de violencia de género, el 10 de diciembre de 2013, al presentar el informe “La Casta Susana”, el Equipo Indignación denunció la alarmante revictimización a la que son expuestas muchas de las mujeres que acuden a los Ministerios Públicos, especialmente cuando se trata de delitos de índole sexual. Como hemos constatado a través del acompañamiento y documentación de casos, las mujeres son expuestas a personal insensible que carece de preparación para atender debidamente a las víctimas. Durante la integración del expediente, esta circunstancia convierte las diligencias en procesos que agravan el daño a la integridad de las mujeres ocasionado por su victimario original.

En dicho informe se denunció que la procuración de justicia en casos de violencia de género en el estado tiene falencias tan graves como la ausencia de equipo y personal técnico para realizar pruebas de ADN y la imposición de la carga de la prueba a las mujeres víctimas de violaciones, quienes tienen que asumir los altos costos de realizar ese tipo de exámenes a través de laboratorios privados.

3.- La Fiscalía General del estado y su titular, también han sido señaladas de reforzar los estereotipos y realizar actuaciones discriminatorias en casos de crímenes de odio por homofobia. Así por ejemplo, en el asesinato de Samuel Woodruf, acaecido en noviembre de 2012, la misma Fiscal ventiló públicamente, en diversos medios de comunicación, de manera irrespetuosa y discriminatoria, datos relativos a la vida personal del C. Woodruff al señalar, entre otras cosas que “los exámenes forenses y médicos arrojaron que la victima dio positivo al VIH” además de afirmar que “la víctima era de tendencias homosexuales”, violando con ello el derecho a la protección de datos personales y reforzando, públicamente, el estigma que precede a los crímenes de odio por homofobia, de los que Yucatán ha ocupado, en los últimos años, los primeros lugares a nivel nacional.

4.- Existen otros casos que acreditan que la Fiscalía Especial está muy lejos de ser un órgano respetuoso y garante de los derechos humanos, y por el contrario se ha constituido como cómplice de graves violaciones, como es el caso de su inactividad frente a la denuncia penal por despojo presentada por el Albergue Oasis de San Juan de Dios por la invasión que sufrió de un aparte de su terreno a manos de particulares, presuntamente empresarios. En ese caso, ni la policía ministerial ni los agentes investigadores, realizaron las acciones tendientes para detener la continuación del delito a pesar de estar sucediendo en flagrancia.

5.- La misma Comisión de Derechos Humanos del estado de Yucatán (Codhey), en su último informe de labores (junio de 2013), ubicó a la Fiscalía General del estado como la tercera autoridad que mayores denuncias por violaciones a derechos humanos tiene en la entidad, por detrás de la Secretaría de Seguridad Pública y la Secretaría de Educación Pública. A pesar de la sistemática complicidad entre la Codhey y la FGEY, resulta revelador el dato contenido en dicho informe.

6.- En reiteradas ocasiones, también se ha señalado que en la Fiscalía se cometen sistemáticas violaciones al derecho a la integridad personal, incluyendo casos que podrían ser considerados como tortura. Quizá uno de los casos más emblemáticos es el de Robert Tzab, quien murió en los separos de la Agencia del Ministerio Público de Tekax y en circunstancias que permiten presumir tortura carcelaria. Hasta la fecha, la FGEY no ha integrado el expediente originado por la denuncia interpuesta en agosto de 2010. El Ministerio Público de Ticul, donde actualmente se está llevando a cabo la averiguación previa, ha actuando con impericia, incurriendo en grandes omisiones que vulneran el derecho de los familiares del difunto a acceder a la justicia y al derecho a la verdad, permitiendo la impunidad de una violación tan grave como lo es la tortura. Esta omisión fue denunciada en juicio de amparo ante instancias federales, del cual, actualmente, se encuentra en espera de sentencia. Cabe resaltar que en este caso la CNDH también ha sido cómplice de la impunidad al demorar la resolución de un recurso interpuesto contra inocua y insuficiente recomendación de la Codhey.

Ante estos hechos, el Equipo Indignación insiste en que la única forma de medir fehacientemente el compromiso de cualquier autoridad por el respeto, la promoción, la protección y la garantía de los derechos humanos, es su actuar cotidiano. No se puede obsequiar una certificación de respeto a los derechos humanos bajo los estándares acuñados por la CNDH, pues significa banalizar el compromiso del Estado en la materia y reducirlo a meras formalidades y protocolos. Con lo anterior lo único que se acredita es que, ni la institución certificada tiene méritos para serlo, ni quien certifica tiene la legitimidad para hacerlo. En consecuencia deploramos que las razones de la CNDH estén sustentadas en criterios de carácter político y no de un verdadero análisis sobre la actuación de la FGEY bajo los estándares más altos en materia de derechos humanos." (Comunicado de Equipo Indignación)