domingo, 16 de abril de 2017

abril 16, 2017
CIUDAD DE MÉXICO, 16 de abril de 2017.- La Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) aprobó en días recientes una reforma al artículo 156 del Código Penal de la Ciudad de México, con lo cual ahora podrán ir a la cárcel familiares o tutores que abandonen “con dolo”, aíslen o mantengan en condiciones de hacinamiento a adultos mayores y con discapacidad.

De acuerdo con la reforma, las personas que caigan en esta conducta podrán hacerse acreedoras a una condena de entre 3 meses y 3 años de prisión, además de perder la patria protestad.

Además, la reforma contempla la creación de un protocolo para reconocer los casos en que existe una razón de abandono justificable o se trata de una acción de mala fe.


“Vamos a establecer un protocolo, nos pusimos de acuerdo con el DIF, el Instituto de Adultos Mayores y con la Secretaría de Desarrollo Social, para conceptualizar qué es el dolo”, declaró la diputada Elizabeth Mateos Hernández, del Partido de la Revolución Democrática, quien impulsó esta medida. 

Las reformas, impulsadas por la diputada, Elizabeth Mateos Hernández, contemplan un protocolo para diferenciar los casos donde hay una mala situación económica, con aquellos en los que hay “dolo” y mala fe.

En ese sentido señaló que se debe tomar en cuenta cuando un familiar que no tiene dinero ni trabajo y no puede brindar atención, medicamentos ni dar una vida digna a su familiar. En esos casos, por necesidad, hay quienes los dejan o abandonan en hospitales para recibir cuidado.

La también presidenta de la Comisión de Atención a Grupos Prioritarios y Vulnerables, consideró que, en casos de necesidad económica extrema, el Estado debe apoyar para evitar que se rompa el tejido familiar.

En cambio, cuando una persona sí tiene las posibilidades económicas y los abandona por “dolo o mala fe", y trata de evadir su responsabilidad de ofrecerles los cuidados necesarios, sí se debe hacer acreedora a las sanciones penales marcadas en la ley. (Notimex)