viernes, 11 de julio de 2014

julio 11, 2014
MÉRIDA, Yucatán, 11 de julio.- El derrumbe ocurrido el jueves pasado en un predio de la calle 54 del Centro Histórico de esta capital yucateca no es un tema que se deba tratar como ajeno, aislado o fuera de la esfera de la responsabilidad directa del Ayuntamiento de esta ciudad, señaló el regidor priista Rubén Segura Pérez en su calidad de presidente de la Comisión de Protección Civil Municipal.

"Lo ocurrido el jueves pasado es una severa llamada de emergencia para el alcalde Renán Barrera Concha porque en innumerables ocasiones le he solicitado que fortalezca al departamento de Protección Civil, que está completamente rebasado, pero tal parece que dichas solicitudes las mete a un cajón del olvido y que nunca abre", dijo.

El regidor Rubén Segura Pérez frente al predio que se derrumbó.

"Son propuestas que por alguna extraña razón no han tenido eco, ni mucho menos han sido materializadas ni tomadas en cuenta por la autoridad municipal; desde fortalecer el departamento que solo cuenta con 27 elementos y 7 vehículos, actualizar el reglamento municipal y hasta crear un centro de capacitación para los ciudadanos en materia de protección civil".


También dijo que la total ausencia del primer edil en el lugar de los hechos y su silencio en las redes sociales, habla de la insensibilidad de su gobierno hacia lo que pasa en la ciudad.

"Hoy podemos ver que la agenda del alcalde no es la misma de lo que le pasa a Mérida y los meridanos. Hay una total incapacidad de este Ayuntamiento que sus tareas y responsabilidades deben ser realizadas por otro orden de gobierno".

"Exhortamos enérgicamente al alcalde Renán Barrera Concha y a Lizette Mimenza Herrera, directora de Gobernación, a tomar cartas en el asunto de manera directa y no esperar a que suceda una tragedia irreparable para tomar con seriedad la protección civil en Mérida", precisó.

Agregó que los accidentes y eventos ocurridos en los últimos dos años en materia de protección civil, como el de este jueves, no han sido debidamente atendidos por este ayuntamiento, por ejemplo inspecciones a los mercados, edificios públicos, predios en riesgo latente de derrumbe, hoteles, centros escolares, centros comerciales y restaurantes entre muchos otros.

La Ley de Protección Civil del Estado de Yucatán es muy clara en su artículo 43, que señala a la letra: Las atribuciones de la Unidad Municipal serán las siguientes:

X.- Vigilar el cumplimiento de las disposiciones de esta Ley en:

a) Oficinas públicas de jurisdicción municipal;

b) Edificaciones destinadas a uso habitacional plurifamiliar;

c) Establecimientos comerciales y de servicios; y

d) Instalaciones utilizadas para la prestación de los servicios públicos a cargo del Ayuntamiento respectivo.