miércoles, 12 de agosto de 2020

agosto 12, 2020
CIUDAD DE MÉXICO, 12 de agosto de 2020.- Por decisión unánime de los miembros de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA), se determinó que Andrés León Reguera y Juan Alberto Bravo Hernández deben devolver 216.3 millones y 230.8 millones de pesos, respectivamente, por simular la compra de acero inoxidable a mayor precio durante la construcción de la Estela de Luz.

Ambos sentenciados trabajaron para III Servicios, SA de CV, filial de Pemex, encargada de contratar a las empresas privadas que ejecutaron la obra. León Reguera, se desempeñó durante la construcción del memorial como residente de obra, en tanto Bravo Hernández fue asesor técnico administrativo.

La magistrada Nora Elizabeth Urby Genel fue la encargada de presentar el proyecto ante el tribunal federal, quien señaló que esta sanción fue estipulada tras la auditoría realizada por la Auditoría Superior de la Federación (ASF) en marzo de 2019 a los responsables de la obra, monumento conmemorativo del centenario de la Revolución Mexicana y el bicentenario de la Independencia construido durante la presidencia de Felipe Calderón.

La "Estela de Luz" se inauguró en enero de 2012. (Rodolfo Angulo / Cuartoscuro)

Entre los alegatos de su ponencia, Urby Genel señaló que el 28 de abril de 2010, Andrés León y Juan Alberto Bravo dictaminaron un aparente cambio de acero inoxidable, lo que implicaba un aumento en el costo del proyecto en 316.5 millones de pesos, sin embargo esto no ocurrió.

"No sólo no cambió el tipo de acero contratado originalmente, sino tampoco el diámetro”, precisó.

Cabe mencionar que los actores impugnaron la resolución de Dirección General de Responsabilidades de la ASF, con el argumento de que no hubo daño a la Hacienda Pública porque el dinero salió del fiduciario (Banjército) y fue pagado a III Servicios SA de CV y ambas pertenecen a la Administración Pública Federal (APF), sin embargo la magistrada ponente indicó que los recursos fueron utilizados de forma indebida causando daño.

Los sentenciados aún pueden impugnar la sentencia del TFJA, a través de un amparo directo ante un tribunal colegiado de circuito en materia administrativa. (Susana Zavala / El Universal)

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