viernes, 21 de junio de 2019

junio 21, 2019
Por: Consejo Editorial de Tu Espacio del Sureste / 21-VI-19
El primer edil umanense, Freddy Ruz; el regidor Gonzalo Canché y las autoridades involucradas deberán rendir un informe previo ante la juez del juzgado cuarto de distrito, justificando la legalidad de sus actos, incluyendo la conformación de la Asamblea Municipal de Mototaxistas y su injerencia para determinar a qué agrupaciones y a qué vehículos se les otorgan “licencias” para prestar el servicio de transporte público en su modalidad de mototaxis.
Este informe previo deberá ser presentado en un plazo no mayor a cuarenta y ocho horas, que están corriendo a partir que las autoridades recibieron el requerimiento por parte del juzgado.
Es importante señalar que este amparo, a pesar que le fue obsequiado a un trabajador de mototaxis umanense, tiene repercusiones estatales, toda vez que la juez que lo emitió dejó muy en claro que la única autoridad facultada para otorgar concesiones es el Ejecutivo estatal, por lo tanto, los “permisos” dados por los alcaldes carecen de valor legal.



Incluso, muchos presidentes municipales, incluido Freddy Ruz, podrían estar cometiendo un fraude si es que, tal y como afirman los mototaxistas quejosos, cobran hasta $15 mil por “permiso”, lo cual constituye un delito penal. A esto también podría añadírsele daño patrimonial, toda vez que los ayuntamientos deben destinar los recursos para obras, servicios y programas sociales públicos.
¿Qué sucederá con el Consejo Municipal de Mototaxistas umanense? En primer lugar, hay que aclarar y puntualizar que el amparo no es en contra de la existencia del consejo como tal, sino en contra de las atribuciones que Freddy Ruz y Gonzalo Canché le han conferido y/o permitido a éste para realizar actos de autoridad sin un sustento legal, como ordenar y participar en la detención de vehículos que operen como mototaxis por el hecho que ellos consideren que carecen de los “permisos” que ellos mismos otorgan.


Por lo pronto, de acuerdo al artículo 262 de la Ley de Amparo que a la letra dice: “Se impondrá pena de tres a nueve años de prisión, multa de cincuenta a quinientos días, destitución e inhabilitación de tres a nueve años para desempeñar otro cargo, empleo o comisión públicos, al servidor público que con el carácter de autoridad responsable en el juicio de amparo o en el incidente de suspensión: II. Sin motivo justificado revoque o deje sin efecto el acto que se le reclama con el propósito de que se sobresea el amparo, sólo para insistir con posterioridad en la emisión del mismo”, por lo tanto, el Consejo no podrá ser disuelto sino hasta después que se dicte sentencia.
¿Qué autoridades deben acatar este amparo? De entrada y encabezando la lista, Freddy Ruz, primer edil umanense; Gonzalo Canché, regidor a cargo de transporte público; Reymundo Collí, director de transporte; Federico Cuesy, director de la policía municipal de Umán, y el director de la policía estatal.
El asunto está ya en manos de la Ley y será la juez del juzgado cuarto de distrito quien determine, conforme a derecho, un asunto que, con toda seguridad, tendrá una importante repercusión a nivel estatal que lleve a un estudio que tenga como fin legislar una regulación en la prestación de esta modalidad de transporte público, acorde a la Ley de Transporte Publico del Estado de Yucatán.
Este amparo tampoco implica que cualquier persona puede montarse en una motocicleta modificada y ostentarse como mototaxista, pues recordemos que uno de los graves problemas que Umán padece es el crecimiento desmesurado del parque vehicular de mototaxis, cuyo número de unidades se incrementó arriba del 200% durante la administración pasada de Freddy Ruz, quien permitió y alentó la creación de nuevas agrupaciones y otorgó nuevos “permisos”, al parecer con fines políticos y económicos.

0 comentarios:

Publicar un comentario