viernes, 9 de febrero de 2018

febrero 09, 2018
MÉRIDA, Yucatán, 9 de febrero de 2018.- Con el objeto de inhibir conductas que puedan configurar actos anticipados de campaña, por parte de los partidos políticos, agrupaciones políticas, precandidatos y candidatos a puestos de elección popular, y con ello garantizar la equidad de la contienda durante el Proceso Electoral Ordinario 2017-2018, el Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Yucatán (IEPAC) aprobó hoy las normas reglamentarias del período de "intercampañas" que va del 12 de febrero al 29 de marzo del presente.

En sesión extraordinaria celebrada esta tarde, el Consejo General también aprobó la cantidad de $22´156,150.05 como límite o monto máximo que cada partido político podrá recibir durante el 2018 por aportaciones en dinero o en especie de militantes y, determinó que el límite para este año, en el caso de las aportaciones en dinero o en especie de las y los candidatos, así como de simpatizantes, por cada uno de los Partidos Políticos será de $26´888,966.73.


El acuerdo precisa que el límite individual anual de las aportaciones en dinero o en especie de simpatizantes para el año 2018 será la cantidad de $1´680,560.42 y que en ningún caso, la suma del financiamiento privado, de cada partido político, bajo todas sus modalidades, podrá ser superior al monto de financiamiento público para el sostenimiento de sus actividades ordinarias permanentes, para sus gastos de campaña y actividades específicas.

Con las normas reglamentarias del período de “intercampañas” aprobadas hoy, los partidos políticos no podrán exponer ante la ciudadanía por sí mismos ni a través de sus precandidatos y/o candidatos, sus plataformas electorales presentadas o registradas ante el IEPAC y las o los precandidatos y/o candidatos registrados ante sus respectivos órganos partidistas no podrán promoverse con objeto de llamar al voto en actividades de proselitismo político-electoral.

Durante el período de "intercampaña" que será de 46 días, solo les está permitido a los partidos políticos, el acceso a los tiempos del Estado en radio y la televisión, de manera igualitaria y solo para la difusión de sus mensajes genéricos, en términos de lo ordenado por el Reglamento de Radio y Televisión en Materia Electoral. No podrán celebrarse debates entre las o los precandidatos, candidatos, partidos políticos y coaliciones, quedando a salvo las garantías fundamentales establecidas para el ejercicio de la libertad periodística, los programas de opinión y las mesas de análisis político.

No obstante, la libertad de expresión de las o los precandidatos y candidatos, así como el derecho de los medios de comunicación para ejercer su labor periodística a realizar

entrevistas, están salvaguardados en todo momento. Los medios de comunicación podrán realizar entrevistas y difundir piezas noticiosas sobre los partidos políticos, precandidatos y candidatos postulados, con respeto absoluto a la equidad y a las disposiciones sobre la compra o adquisición de tiempo aire en la radio y la televisión.

Durante este período no se podrán realizar actos de propaganda consistentes en conjunto de escritos, publicaciones, imágenes, grabaciones, proyecciones y expresiones que difunden las y los precandidatos a candidaturas o aspirantes a cargos de elección popular con el propósito de dar a conocer sus propuestas. Los partidos solo podrán difundir propaganda política de carácter genérico conforme a los límites fijados en las leyes, siempre y cuando no promueva candidaturas, ni solicite el voto a su favor para la jornada electoral local.

Los Consejeros Electorales del Instituto exhortaron a todos los actores políticos a respetar estas normas a fin de no exponerse a alguna sanción. “A partir del lunes 12 de febrero y hasta el 29 de marzo, no se puede hacer promoción de campañas políticas, no se puede”, advirtieron.

En la sesión celebrada hoy también se acordó modificar la estructura organizacional del Instituto a fin de que la Unidad de Vinculación Con el Instituto Nacional Electoral quede adscrita a la Secretaría Ejecutiva del Instituto para un mejor desarrollo de las actividades operativas de este organismo autónomo y vinculación con el INE.

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