martes, 18 de abril de 2017

abril 18, 2017
Artículo publicado por el senador yucateco Daniel Ávila Ruiz en El Sol de México (18-IV-17)

Son varios los países que consideran en su Constitución el mecanismo de Segunda Vuelta Electoral (SVE) para elegir a sus autoridades ejecutivas o legislativas. Se trata de una institución paradigmática del derecho electoral y constitucional con que los franceses lograron resolver su pluralidad con legitimidad y funcionalidad.

En el caso de Latinoamérica están Argentina, Ecuador, Perú, El Salvador, Guatemala, Haití, Brasil, Chile, Paraguay, República Dominicana y Uruguay. Este mecanismo se pone en marcha cuando en una elección presidencial ninguno de los candidatos supera un determinado porcentaje. Así, se realiza una segunda vuelta para decidir entre los dos primeros candidatos.

Favorece a posturas políticas más centradas, moderadas y cercanas a la gran mayoría de los votantes.

Permite que los electores revelen no sólo sus primeras preferencias, sino también sus segundas preferencias, y pueden votar por ambas, en primera vuelta y en segunda vuelta respectivamente, sin tener que descartar ninguna.

Ayer el Subcomité Francisco de Montejo del PAN, en la conmemoración del natalicio de Carlos Castillo Peraza, estuvieron presentes el senador Daniel Ávila Ruiz, "Chucho" Pérez Ballote, presidente del PAN Mérida, Julio Sauma, Alfredo Rodríguez y Pacheco, Tito Sánchez Camargo, entre otros. (Facebook Daniel Ávila)

Puede reforzar la victoria de aquél que quedó en primer lugar en la primera vuelta electoral, elevando la legitimidad de su triunfo.

Además, este sistema puede revertir el resultado de la primera vuelta, revelando que el sistema de mayoría relativa permite la llegada al poder de un candidato impopular, opuesto a las preferencias de la mayoría absoluta de la población.

Como no se ha materializado la implementación la Segunda Vuelta Electoral, legisladores de Acción Nacional hemos señalado la necesidad de que esta propuesta se dictamine a partir de diversas iniciativas que se han presentado en el Senado de la República, siendo la semana pasada la más reciente.

Hay que recordar que en las dos últimas elecciones, los Presidentes han sido electos por porcentajes menores al 40 por ciento: en 2006, con 35.89 por ciento, y en  2012, con 38.21 por ciento.

Expertos han adelantado proyecciones de que el próximo presidente puede contar con el respaldo de sólo una quinta parte de los mexicanos (alrededor del 30% o incluso un poco menos).

Tambien han señalado que al ser previsible un estrecho margen entre las diferencias de los resultados electorales, junto con la vigencia del principio de mayoría relativa, incrementa el riesgo de cuestionamientos postelectorales por parte de los mexicanos.

En razón de lo anterior, junto con mi compañero legislador José María Martínez, solicitamos, a las comisiones encargadas, dictaminar la iniciativa que reforma el artículo 81 de la Constitución Política, con el objetivo de integrar la segunda vuelta en la elección presidencial. Sobre todo cuando ninguno de los candidatos alcance el 40% de la votación. En esa iniciativa, se prevée que no puedan abstenerse o renunciar a participar, en la segunda elección, ninguno de los dos candidatos que hayan obtenido el mayor número de votos en la primera vuelta.

En las actuales circunstancias en que vivimos los mexicanos, la segunda vuelta electoral es una herramienta para que uno de los dos contendientes en la segunda elección obtenga la mayoría absoluta para declararse vencedor y arrancar su programa de gobierno con la legitimidad y el respaldo ciudadano.