jueves, 23 de febrero de 2017

febrero 23, 2017
MÉRIDA, Yucatán, 23 de febrero de 2017.- La Procuraduría General de la República (PGR) a través de la Subprocuraduría de Control Regional Procedimientos Penales y Amparo, en su Delegación Yucatán, obtuvo del Juez Segundo de Distrito Especializado en el Sistema Penal Acusatorio, modificación de las medidas cautelares contra un sujeto asegurado en la Entidad por el delito de portación de Armas de Fuego de Uso Exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea.

La audiencia celebrada el pasado 20 de febrero vía videoconferencia en la sala de audiencia del Centro de Justicia Penal Federal en Yucatán, deriva de que el imputado se encuentra privado de su libertad, al encontrarse en un penal del estado de Chiapas, cumplimentando una orden de aprehensión por el delito de homicidio en esa entidad federativa.


Derivado de lo anterior, la modificación de la medida cautelar fue solicitada por el Fiscal de la Federación adscrito en la Delegación de PGR Yucatán, ante el Juez de Distrito, quien señaló en la audiencia que la solicitud de la modificación cautelar, lo establece el propio Código de Procedimientos Penales, cuando alguna de las partes lo solicite.

Cabe mencionar que el imputado fue detenido el pasado 26 de enero en la calle 51 a la entrada del municipio de Tizimín, Yucatán, por elementos de la Policía Estatal, cuando portaba diversas armas de fuego de Uso Exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, posterior fue vinculado por dicho delito obteniendo como medidas cautelares presentación periódica y la exhibición de una garantía económica, así como la prohibición de salir de Yucatán.

Por esta razón, el Juez Segundo de Distrito, modificó la anterior medida cautelar, por prisión preventiva, por el delito de Armas de Fuego de Uso Exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, ya que este, representaun riesgo mayúsculo de peligro a la comunidad y riesgo medio de peligro de sustracción de la justicia.

Asimismo, la autoridad judicial informó que eventualmente se podrá ordenar el traslado del imputado a Yucatán, para responder por el delito de Portación de Arma de Fuego de Uso Exclusivo; en el caso de que sea liberado del proceso penal que enfrenta actualmente en el estado de Chiapas.