domingo, 15 de marzo de 2015

marzo 15, 2015
MÉRIDA, Yucatán, 15 de marzo.- "Al negarse a permitir el acceso a un motociclista ¿incurre un estacionamiento público en alguna falta a la ley? ¿Es base para una queja?", preguntó a la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) a través de su portal oficial una persona a la cual se le negó el servicio en días pasados en un aparcamiento de esta capital.


Al respecto, el organismo público respondió que, ante este tipo de situaciones, los afectados pueden interponer una denuncia que será remitida al área de Verificación y Vigilancia con el fin de que se lleve a cabo la revisión de los establecimientos en cuestión y el seguimiento oportuno de ésta.

A continuación, se reproduce íntegramente la respuesta de la Profeco:

Subprocuraduría de Servicios
Dirección General de Quejas y Conciliación
Dirección de Asesoría e Información

Estimado (se omite),

En seguimiento al correo electrónico enviado a esta Procuraduría Federal del Consumidor, respecto a su inquietud sobre la legalidad de la negativa a permitir el ingreso de un motociclista a un estacionamiento;

Para el caso que describe, le informo que de acuerdo a la Ley Federal de Protección al Consumidor ni el proveedor ni sus dependientes podrán negar al consumidor la venta, adquisición, renta o suministro de bienes o servicios que se tengan en existencia. Tampoco podrá condicionarse la venta, adquisición o renta a la adquisición o renta de otro producto o prestación de un servicio. Se presume la existencia de productos o servicios cuando éstos se anuncien como disponibles.

En relación a lo anterior, le comento que la Procuraduría Federal del Consumidor realiza visitas de verificación a los proveedores de bienes y servicios, para vigilar que su comportamiento comercial se ajuste a lo dispuesto por la Ley Federal de Protección al Consumidor(LFPC) y las Normas Oficiales Mexicanas aplicables (entregar comprobantes por la compra efectuada, mostrar precios a la vista del consumidor, respetar tarifas exhibidas, no aplicar redondeos sin consentimiento, cumplir ofertas o promociones, no obligar a pago de propina, no ofrecer productos con faltante de contenido neto o con caducidad vencida, utilizar instrumentos de medición debidamente ajustados, por citar algunos ejemplos) y prevenir una afectación general o evitar se continúen afectando los derechos de consumidores.

Para ello la Procuraduría recibe denuncias, las cuales consisten en describir la situación de manera breve, pueden presentarse por cualquier persona, no se necesitan pruebas, ni otorgar datos personales, no beneficia de forma particular al (a) consumidor (a) que denuncia sino que evita que se afecten los derechos de las y los consumidores que a futuro acudan con ese proveedor. Los requisitos para presentar una denuncia son:

1. Nombre y domicilio del denunciado (Calle, número, colonia, delegación o municipio, entidad federativa y código postal);
2. Relación de los hechos en los que se basa la denuncia, indicando el bien, producto o servicio de que se trate; y
3. Nombre y domicilio del denunciante (opcional)

La denuncia puede interponerse vía correo electrónico a denunciasprofeco@profeco.gob.mx o vía telefónica al 5568 8722 si se encuentra en el D.F. o Zona Metropolitana y al 01 800 468 8722, larga distancia sin costo resto del país. Posterior a su interposición las denuncias son remitidas al área de Verificación y Vigilancia, quienes son los encargados de realizar la revisión de los establecimientos y darle el seguimiento oportuno de las denuncias.

Le informo que el servicio de asesoría que se ofrece a las y los consumidores por parte de Profeco vía correo electrónico es gratuito, en caso de que le soliciten el pago por dicho concepto, puede denunciarlo ante el Órgano Interno de Control en esta Procuraduría, a los teléfonos 52-56-08-54 y 52-56-12-84 o al fax 52-56-35-82; desde el interior de la República a la línea de larga distancia gratuita 01 800 50 88 722; al correo electrónico contraloría@profeco.gob.mx o si lo prefiere, puede dirigir su correspondencia o incluso visitarnos en Avenida José Vasconcelos número 208, noveno piso, Colonia Condesa, México, Distrito Federal, C. P. 06140.

Con la finalidad de mejorar los servicios que brinda esta Procuraduría, nos interesa conocer su opinión, para lo cual le solicitamos un minuto de su tiempo para contestar la siguiente encuesta de calidad ( dar clic aquí). Agradecemos su atención.

Respetuosamente  


Estimado José Manuel Repetto Menéndez,
En seguimiento al correo electrónico enviado a esta Procuraduría Federal del Consumidor, respecto a su inquietud sobre la legalidad de la negativa a permitir el ingreso de un motociclista a un estacionamiento;

Para el caso que describe, le informo que de acuerdo a la Ley Federal de Protección al Consumidor ni el proveedor ni sus dependientes podrán negar al consumidor la venta, adquisición, renta o suministro de bienes o servicios que se tengan en existencia. Tampoco podrá condicionarse la venta, adquisición o renta a la adquisición o renta de otro producto o prestación de un servicio. Se presume la existencia de productos o servicios cuando éstos se anuncien como disponibles.

En relación a lo anterior, le comento que la Procuraduría Federal del Consumidor realiza visitas de verificación a los proveedores de bienes y servicios, para vigilar que su comportamiento comercial se ajuste a lo dispuesto por la Ley Federal de Protección al Consumidor(LFPC) y las Normas Oficiales Mexicanas aplicables (entregar comprobantes por la compra efectuada, mostrar precios a la vista del consumidor, respetar tarifas exhibidas, no aplicar redondeos sin consentimiento, cumplir ofertas o promociones, no obligar a pago de propina, no ofrecer productos con faltante de contenido neto o con caducidad vencida, utilizar instrumentos de medición debidamente ajustados, por citar algunos ejemplos) y prevenir una afectación general o evitar se continúen afectando los derechos de consumidores.

Para ello la Procuraduría recibe denuncias, las cuales consisten en describir la situación de manera breve, pueden presentarse por cualquier persona, no se necesitan pruebas, ni otorgar datos personales, no beneficia de forma particular al (a) consumidor (a) que denuncia sino que evita que se afecten los derechos de las y los consumidores que a futuro acudan con ese proveedor. Los requisitos para presentar una denuncia son:

1. Nombre y domicilio del denunciado (Calle, número, colonia, delegación o municipio, entidad federativa y código postal);
2. Relación de los hechos en los que se basa la denuncia, indicando el bien, producto o servicio de que se trate; y
3. Nombre y domicilio del denunciante (opcional)

La denuncia puede interponerse vía correo electrónico a denunciasprofeco@profeco.gob.mx o vía telefónica al 5568 8722 si se encuentra en el D.F. o Zona Metropolitana y al 01 800 468 8722, larga distancia sin costo resto del país. Posterior a su interposición las denuncias son remitidas al área de Verificación y Vigilancia, quienes son los encargados de realizar la revisión de los establecimientos y darle el seguimiento oportuno de las denuncias.

Le informo que el servicio de asesoría que se ofrece a las y los consumidores por parte de Profeco vía correo electrónico es gratuito, en caso de que le soliciten el pago por dicho concepto, puede denunciarlo ante el Órgano Interno de Control en esta Procuraduría, a los teléfonos 52-56-08-54 y 52-56-12-84 o al fax 52-56-35-82; desde el interior de la República a la línea de larga distancia gratuita 01 800 50 88 722; al correo electrónico contraloría@profeco.gob.mx o si lo prefiere, puede dirigir su correspondencia o incluso visitarnos en Avenida José Vasconcelos número 208, noveno piso, Colonia Condesa, México, Distrito Federal, C. P. 06140.

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Respetuosamente  
Rosa Isela Castillo Espinosa
Asesora Jurídica en el Teléfono del Consumidor
Dirección de Asesoría e Información.