miércoles, 4 de junio de 2014

junio 04, 2014
MÉXICO, 4 de junio.- “La exclusión del matrimonio a las parejas del mismo sexo es una acto de verdadera discriminación que no puede ser tolerado”, determinó la primera sala de la Suprema Corte al amparar a una pareja del mismo sexo, a la cual las autoridades del estado de Colima se negaron a reconocer su matrimonio.

Paralelamente, en Yucatán, las asociaciones civiles UNASSE, Oasis de San Juan de Dios y Grupo Indignación buscan que el Congreso del Estado reconozca la figura de matrimonio gay (foto: JMRM)
Al resolver el amparo 615/2013, los ministros declararon “inconstitucionales e inconvencionales” los artículos 147 de la constitución y 102 del Código Civil de Colima, que hacían referencia a que el matrimonio tiene como finalidad “perpetuar la especie” y que éste es “entre un solo hombre y una sola mujer”, ya que éstas disposiciones excluyen a las parejas del mismo sexo.

En este caso, dos hombres presentaron su solicitud de matrimonio ante la Primera Oficialía del Registro Civil de Colima, la cual se negó a registrarlos, lo que motivó que los afectados presentaran un recurso de amparo que fue finalmente resuelto por la Corte.

Los ministros consideraron que las normas impugnadas son discriminatorias y violatorias al derecho al libre desarrollo de la personalidad, “al limitar el matrimonio a parejas heterosexuales”, lo cual viola la constitución y los tratados internacionales suscritos por México en materia de no discriminación por motivos de preferencia sexual. (Jesús Aranda para La Jornada)