jueves, 20 de marzo de 2014

marzo 20, 2014
MÉXICO, 20 de marzo.- Por orden de la Sala Superior del TEPJF, el Partido Acción Nacional (PAN) deberá modificar algunos lineamientos de su convocatoria para la elección de presidente e integrantes del Comité Ejecutivo Nacional (CEN) que se llevará a cabo el próximo 18 de mayo.

Foto: Archivo

Al revisar la queja que presentó el senador con licencia Ernesto Cordero, los magistrados revocaron en sesión pública cinco de 140 artículos de la convocatoria albiazul, entre ellos el número 55 que establece el uso de la chequera única respecto de la fiscalización de los gastos que emiten los candidatos.

Ello, según consideraron, debido a que se restringía el derecho de los aspirantes para disponer de manera inmediata de los recursos.

Asimismo, derogaron por unanimidad el Artículo 73 que prohibía la contratación de publicidad en vallas, espectaculares y parabuses, entre otros medios de transporte, ya que, dijeron, también restringe, acota o limita el derecho de los aspirantes para promover su candidatura.

“No encuentro una diferencia entre una propaganda de radio y televisión que es mucho más extensa y que llega a más lugares que el permitir que se puedan poner bardas, pintas (...)

“No le encuentro ninguna diferencia ni una razón real y razonable para que se pueda evitar este tipo de propaganda”, consideró el magistrado presidente del TEPJF, José Alejandro Luna.

La Sala Superior también derogó el Artículo 129, numerales uno, dos y tres, “porque en ella se imponen sanciones, cuando en la convocatoria jamás se señalaron estas facultades para imponer sanciones a dicho instituto”, expuso Luna Ramos.

Esto “tiene una razón lógica de ser, si efectivamente existiera la imposición de estas sanciones no es el partido quien debe de interponerla sino la autoridad competente, que en este caso será el Instituto Federal Electoral, en caso de que rebasaran los límites de los gastos para la campaña que el propio organismo ha determinado con que deben de contar”, abundó.

Pese a lo anterior, Alejandro Luna aclaró que la Sala Superior no tiene otra guía que la regularidad de la constitucionalidad de los regímenes electorales que rigen tanto las elecciones federales como las elecciones internas de los partidos nacionales.

De tal suerte dijo que la vida interna de toda institución jurídica queda en manos de los individuos que la integran.

“Las posibles formas de su organización se encuentran en el núcleo de la deliberación de cada partido político, y obviamente también es claro (...) que está la libre organización de cada una de estas instituciones”, señaló.

“Pero esta encuentra límites infranqueables en los parámetros que señalan nuestras normas constitucionales, aplicables a todos los acontecimientos dentro del Estado mexicano, sin excepción”, puntualizó. (SDP Noticias)