domingo, 23 de febrero de 2014

febrero 23, 2014
GUANAJUATO, México, 23 de febrero.- Con el objetivo de prohibir la discriminación por preferencia sexual en Guanajuato, el pleno del Congreso de la entidad aprobó por unanimidad la modificación al artículo 5 de la Constitución Política local para establecer que “queda prohibida toda discriminación  motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas”.


De acuerdo con el dictamen elaborado por la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales  “es necesario legislar en materia de eliminación de discriminación de cualquier índole, y no sólo reorientar las políticas de eliminación de la misma, sino impulsar programas con base legal de concientización respecto a los derechos fundamentales de las personas”.

Además, la Comisión consideró necesario incorporar a la Constitución Particular del Estado el texto del artículo 1 de la Constitución General de la República para armonizar el contenido de dicho dispositivo local.

Matrimonio igualitario

El grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática presentó ante el pleno de la Cámara una iniciativa para reformar el Código Civil del Estado de Guanajuato, a fin de  que las parejas conformadas por personas del mismo sexo puedan contraer matrimonio en la entidad.

El documento leído por la diputada María Guadalupe Torres Rea indica que el artículo 1º de la Constitución Política prohíbe cualquier tipo de discriminación motivada por género, preferencias sexuales, o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas. Por lo que consideró que en la Ley Suprema no está contenida la prohibición expresa de la posibilidad de matrimonios entre personas del mismo sexo, dado que atentaría contra el goce de derechos plenos de cualquier persona.

Parte de las reformas propuestas es la modificación del artículo 144 del Código Civil guanajuatense, que establece que la procreación es uno de los fines de la matrimonio, a fin de suprimir dicho propósito.

Además, se considera necesario adecuar el contenido de los artículos 161 en su párrafo tercero, 163, 164, 169, 170, 174, 175, 206 y 208 para hablar de consortes en lo general y no alterar la esencia del supuesto, toda vez que en la actualidad sólo la unión de un hombre con una mujer es sujeto del vínculo matrimonial.

La propuesta legal también establece en un artículo transitorio una reforma para adecuar el Decreto Gubernativo número 228, mediante el que se emite el Reglamento del Registro Civil del Estado de Guanajuato e indica que  el matrimonio implica el vínculo entre un hombre y una mujer.

Otra modificación necesaria, plantea el documento, es la redacción de otro artículo transitorio para que el propio Registro Civil adecue sus archivos, formatos, bases de datos y demás necesarios para garantizar el derecho de matrimonio independientemente del sexo de los contrayentes, sin discriminación alguna.

La iniciativa fue entregada a la mesa directiva del Pleno del Congreso local y será enlistada en el orden del día de la siguiente sesión ordinaria que se llevará a cabo en marzo.

Mientras tanto, el Juzgado Tercero de Distrito de la entidad otorgó un amparo a una pareja de mujeres que deseaban casarse en la entidad y cuya solicitud fue rechazada por el Registro Civil guanajuatense en septiembre de 2013. (NotieSe)