sábado, 2 de noviembre de 2013

noviembre 02, 2013
MÉRIDA, Yucatán, 2 de noviembre.- El 31 de octubre, el Poder Judicial del estado de Yucatán reconoció, por primera vez en la entidad, la condición de concubinos a una pareja del mismo sexo.


El 15 de agosto del presente año, Carlos y José presentaron, ante el Juzgado Tercero Mixto de lo Civil y Familiar del Primer Departamento Judicial del estado, con sede en Motul, unas diligencias de jurisdicción voluntaria para que dicho órgano judicial les reconociera la calidad de concubinos. Como parte del proceso, el día de ayer se efectuó una audiencia, en la sala de juicio oral del citado juzgado, en la que se desahogaron los testimonios ofrecidos por los promoventes con el fin de acreditar la existencia y permanencia de su relación de pareja.

Finalizada la comparecencia de los testigos, la Titular del Juzgado, Sandra Isabel Bermejo Burgos, emitió su resolución mediante la cual determinó reconocer la calidad de concubinos a Carlos y José, con los derechos y obligaciones que ello conlleva. Al fundamentar su resolución, la citada Jueza hizo suyos los argumentos presentados por la representación legal de los solicitantes, y aplicó los estándares nacionales e internacionales que se han derivado del desarrollo del derecho a la no discriminación por preferencia u orientación sexual, principalmente los emitidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación y la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Entre otras cosas, la juzgadora señaló que, a pesar de que el artículo 201 del Código de Familia del Estado de Yucatán define el concubinato como “la unión de un hombre y una mujer… quienes hacen vida en común de manera notoria, permanente”,  el artículo 1° de la Constitución Federal y el 1 y 2.1 de la Convención Americana y del Pacto de Derechos Civiles y Políticos, respectivamente, establecen que el acceso a los derechos humanos se debe garantizar en condiciones de igualdad y no discriminación, razón por la cual resultaba procedente conceder la solicitud de concubinato, atendiendo, además, al deber que tiene toda autoridad de  promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos, derivado del citado artículo 1° constitucional.

Con lo anterior, la Jueza Tercero de Motul aplicó el control de la constitucionalidad y la convencionalidad, haciendo efectivo el principio pro persona a favor de Carlos y José, con lo cual podrán gozar de los derechos derivados del reconocimiento legal de su unión, entre otros el derecho a la salud, sucesiones, herencias, etc.

Esta resolución que reconoce la calidad de concubinos a Carlos y José, se suma a la emitida el día 28 de junio del 2013 por el Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Yucatán, mediante la cual se otorgó un amparo a otra pareja del mismo sexo, que alegaba que su derecho a la no discriminación había sido violado al negarle el registro civil la posibilidad de contraer matrimonio. Al resolver el amparo, el citado órgano de Justicia Federal reconoció la inconstitucionalidad del artículo 49 del Código de Familia del Estado de Yucatán, pues establecía una limitación carente de justificación para que parejas del mismo sexo pudieran acceder a la figura del matrimonio.

No obstante que esta noticia significa un paso más en el inevitable proceso de reconocimiento legal de las familias homoparentales en la entidad, la legislación vigente del Estado de Yucatán, tanto el Código de Familia como la Constitución Estatal, sigue excluyendo de las figuras de matrimonio y concubinato a las parejas del mismo sexo.

La existencia de dos resoluciones emitidas, una por el Poder Judicial Federal y la otra por la Justicia estatal, que han establecido con claridad la confrontación de la normatividad estatal en materia familiar con el derecho humano a la igualdad y no discriminación por preferencia sexual, exhibe la omisión en la que ha incurrido el Congreso del estado para armonizar la normatividad estatal con los más altos estándares en materia de derechos humanos. En este sentido, urgimos a las y los legisladores para que cumplan con su obligación de proteger a la familia, y reforme la legislación actual, de tal manera que el matrimonio y el concubinato puedan ser accesibles para todas y todos, con independencia de su orientación sexual. (Comunicado de Grupo Indignación)

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