viernes, 19 de julio de 2013

julio 19, 2013
CIUDAD DE MÉXICO, 19 de julio.- A partir de este sábado, entrará en vigor la reforma al artículo 24 constitucional, que se refiere a la libertad religiosa y de culto y que se publicó este viernes en el Diario Oficial de la Federación.

El decreto por el que se dan las modificaciones a la disposición enfatiza que “toda persona tiene derecho a la libertad de convicciones éticas, de conciencia y de religión, y a tener o adoptar, en su caso, la de su agrado”.

Igualmente acota que “esta libertad incluye el derecho de participar, individual o colectivamente, tanto en público como en privado, en las ceremonias, devociones o actos del culto respectivo, siempre que no constituyan un delito o falta penados por la ley”.

Monseñor Emilio Carlos Berlie Belaunzarán, Arzobispo de Yucatán, en las celebraciones por  por sus 30 años de ordenación episcopal.
También subraya que nadie podrá utilizar los actos públicos de expresión de esta libertad con fines políticos, de proselitismo o de propaganda política.

Establece que los actos religiosos de culto público se celebrarán ordinariamente en los templos. Los que extraordinariamente se celebren fuera de éstos se sujetarán a la ley reglamentaria.

También establece que el Congreso no puede dictar leyes que establezcan o prohíban religión alguna.


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