sábado, 27 de julio de 2013

julio 27, 2013
MÉXICO, 27 de julio.- El Instituto Federal Electoral (IFE) planteó tener una facultad similar a la del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación para desechar quejas y denuncias notoriamente improcedentes y que se prestan a estrategias de partidos políticos en lucha electoral.


El IFE consideró que una manera de inhibir esa clase de conductas sería reformar el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe).

Ello ante el desgaste que significa sustanciar y resolver hasta el final quejas y denuncias que desde el principio se sabe que no prosperarán por estar basadas en argumentos intrascendentes y superficiales.

Con el actual marco jurídico, el IFE se encuentra imposibilitado procesalmente para desechar ese tipo de quejas y denuncias y está obligado a entrar al "fondo" de los asuntos, aunque desde el principio se advierta cuál será la conclusión.

Esa vulnerabilidad legal, a juicio del IFE, lejos de procurar la justicia, sólo incentiva el círculo de judicializar los procesos electorales, convirtiendo al instituto en una arena más de la lucha "mediática-política", a través de quejas y denuncias sin sustento real.

Entre las propuestas que la autoridad administrativa federal en material electoral plantea en el libro blanco entregado al Congreso de la Unión para ser considerado en la reforma electoral que se avecina está tener una facultad similar a la que tiene el TEPJF para desechar de entrada quejas y denuncias notoriamente frívolas e intrascendentes, y sancionar esa conducta.

Como una norma en este sentido no existe en el Cofipe, se aplica el Artículo 189, fracción III, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, que lo faculta para apercibir, amonestar e imponer multas hasta por doscientas veces el importe del salario mínimo diario general vigente en el Distrito Federal a quienes presenten impugnaciones o escritos frívolos.

El IFE propone que de manera análoga se incluya una norma en el Cofipe en el mismo sentido, lo cual le permitiría dar el trámite que se merecen este tipo de quejas y denuncias, subraya en su propuesta contenida en el libro blanco.

Es tan recurrente ese tipo de quejas y denuncias que el propio Tribunal Electoral federal ya emitió la jurisprudencia 33/2002, cuyo rubro es "Frivolidad constatada al examinar el fondo de un medio de impugnación. Puede dar lugar a una sanción al promovente".

En esa tesis se señala que "Tales conductas deben reprimirse, por lo que el promovente de este tipo de escritos, puede ser sancionado, en términos de la disposición legal citada, tomando en cuenta las circunstancias particulares del caso", en referencia al Artículo 189, fracción III, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

Dada la "naturaleza política" con que se incursiona en el derecho electoral a través de este tipo de quejas y denuncias, se hace necesario que la ley exista una norma específica para inhibir tales conductas, apuntó el IFE.

El proceso electoral federal pasado demostró que la práctica de la frivolidad constituye un recurso muy socorrido por los partidos para atacarse entre sí; el problema no es sí mismo que se ataquen y combatan entre sí, sino que involucran en su lucha a la autoridad electoral, lamentó el IFE.

En este contexto es que el IFE propone reformas párrafo 5 del Artículo 368 del Cofipe, a fin de incluir una disposición que permita enfrentar de mejor manera esta tipo de asuntos. (La Jornada)

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