MÉRIDA, Yucatán, 5 de diciembre.- El 5 de diciembre de 2012, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación otorgó el amparo a tres parejas del mismo sexo originarias del Estado de Oaxaca a quienes se les había negado su solicitud de matrimonio. La sentencia determinó que la definición de matrimonio establecida en el Código Civil como la unión de un hombre y una mujer contiene una discriminación basada en la preferencia sexual.
Desde entonces, esta acción legal impulsada por activistas y organizaciones de la sociedad civil se ha replicado en los estados de Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Chihuahua, Colima, Durango, Guanajuato, Hidalgo, Jalisco, Nuevo León , Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, Sinaloa, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Yucatán, promoviendo un total de 235 amparos entre amparos para que parejas del mismo sexo puedan casarse en sus estados y amparos colectivos que buscaron que el Poder Judicial señalará la discriminación por orientación sexual que existe en sus legislaciones civiles o familiares, al no reconocer el matrimonio y concubinato de las parejas del mismo sexo.