martes, 11 de abril de 2017

abril 11, 2017
MÉRIDA, Yucatán, 11 de abril.- El pasado 7 de abril, la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación dictó sentencia en lo relativo al procedimiento especial sancionador contra Rafael Moreno Valle Rosas, ex gobernador de Puebla, por la propaganda personalizada de su imagen que ha realizado a través de diversos medios, tales como espectaculares y espacios concesionados.

Propaganda de la revista Líderes en las calles de Mérida, en octubre del año pasado (fotos: José Repetto)

Se acusó a Moreno Valle de promoción personalizada en su carácter de servidor público, uso indebido de recursos públicos, realización de actos anticipados de precampaña y campaña y difusión de propaganda gubernamental fuera del territorio y temporalidad permitida por la ley.

Los magistrados Clicerio Coello Garcés, María del Carmen Carreón Castro, Gabriela Villafuerte Coello determinaron unánimemente que son inexistentes las faltas atribuidas a Moreno Valle, así como a la empresa responsable por la publicación de la revista Líderes Mexicanos, el Partido Acción Nacional (PAN) y las demás personas morales señaladas en la queja.

La publicitación de una edición de la portada de Líderes Mexicanos, donde aparece Moreno Valle, fue producto de dos contratos de comercialización de publicidad, que constaron de la adquisición de espectaculares a Conglomerados de Medios Internacionales por 1.392 mdp y 256 espacios en radio a Grupo Acir por 42,506 pesos. En ambos casos, las empresas coincidieron en que el motivo de dicho contrato fue para la publicidad de las revistas. El resto de la publicidad para ésta fue producto de convenios de intercambio de publicidad con diversas empresas.

La Sala Regional tomó en cuenta los principios, derechos y libertades de la Revista Líderes Mexicanos, haciendo alusión al artículo 6 de la Constitución, que señala que la manifestación de las ideas no será objeto de inquisición judicial o administrativa y al artículo 7, que dice que no se puede violar la libertad de difundir opiniones, información e ideas a través de cualquier medio.

La sentencia también señala que un partido político no puede ser responsable por el actuar de un servidor público, ya que "si bien tiene la obligación de vigilar a sus militantes y simpatizantes, se advierte que no es garante de las conductas realizadas por los funcionarios públicos en cumplimiento de sus obligaciones, pues implicaría reconocer que los partidos se encuentran en una relación de supra a subordinación respecto de ellos, es decir, que los partidos podrían ordenarle a los funcionarios cómo cumplir con sus atribuciones legales".

Actualmente se promueve la imagen de Moreno Valle a través de anuncios del libro "La Fuerza del Cambio", el cual no estuvo contemplado en las referidas denuncias a raíz de que estos anuncios son posteriores a éstas.

Cabe mencionar que el resolutivo indica que en la verificación que realizó la autoridad instructora se encontraron cuarenta y seis espectaculares de Moreno Valle. De éstos, 7 en Yucatán, que es el segundo con más anuncios de este tipo después de Michoacán, que tuvo 10.

Así mismo, entre el 17 y 31 de octubre de 2016 se documentaron un total de 3,086 promocionales en radio y televisión, según el reporte de la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos.

De esta manera, la Sala Regional resolvió las 8 denuncias presentadas por representantes del PRD y el PRI y ciudadanos actuando por su propio derecho, las cuales se acumularon en el expediente SRE-PSC-43/2017. (José Repetto)