lunes, 20 de marzo de 2017

marzo 20, 2017
MÉRIDA, Yucatán, 20 de marzo.- En días pasados, el diputado David Barrera Zavala solicitó a la Unidad de Acceso a la Información Pública del PRD en Yucatán los nombres de las personas que integran los comités municipales y de base seccionales del partido, incluyendo Mérida, así como la documentación que acredita su instalación.

Comité estatal del PRD en Yucatán (foto: Google)

A pesar de que el pasado 3 de marzo el presidente estatal del partido, Alejandro Cuevas Mena, invitó públicamente -en rueda de prensa- a quienes lo deseen a solicitar información vía la referida unidad ("ustedes pueden meter su información y yo con mucho gusto se las doy", declaró textualmente), el partido se negó a hacer entrega de los datos requeridos por el legislador.

Esto se puede apreciar en la respuesta del titular de dicha unidad, Nelson Mex Bab, quien señaló textualmente que "las actas donde se encuentran los nombre y las carteras que ocupan todas y cada una de las personas que integran los comités municipales, fueron levantadas por compañeros del Servicio Electoral Nacional, del CEN de este instituto político, mismos que tienen la información en sus archivos"

Continúa Mex, diciendo: "Los comités de base seccionales son una estrategia interna, que tiene como objetivo, ubicar y organizar a las personas que buscan la unidad de las izquierdas, misma que no se encuentra reglamentado en los estatutos de nuestro partido, por tal motivo no puede ser divulgado públicamente por cuestiones de proteger los datos personales de los integrantes de los mismos".

La respuesta fue dada el 8 de marzo. 5 días después de que Cuevas asegurara que "con mucho gusto" se haría entrega de la información solicitada por la ciudadanía a su partido.

El 17 de marzo, el ciudadano interpuso un recurso de revisión ante el Instituto Estatal de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAIP) donde argumentó que la contestación, la cual le fue entregada vía archivo de Word y sin la firma del responsable, carece de la motivación y fundamentación requerida y que, según el mismo reglamento de transparencia del PRD, es obligación del partido hacer pública su estructura orgánica (del comité estatal así como municipales y seccionales), que ésta no constituye datos personales y que no puede ser negada ya que así está contemplada en el estatuto del PRD.

Entre otros argumentos, Barrera señala que el sujeto obligado da contestación a una solicitud fuera de los parámetros de la misma ley tratando de evadir su responsabilidad y ocultar información que es y debe ser publica. (José Repetto)