viernes, 17 de marzo de 2017

marzo 17, 2017
MÉRIDA, Yucatán, 17 de marzo de 2017.- La noche del 16 de marzo, el auditorio de la Facultad de Arquitectura de la UADY, fue sede de la conferencia magistral La Constitución Política y el Patrimonio Cultural dictada por el Dr. Bolfy Cottom (DEH-INAH). Correspondió al Mtro. Badí Xacur introducir el acto, señalando que pese a que de la Constitución Política original solo sobrevive el 20 o 25% asociaciones como la ALY entienden y proponen que el 2017 es el “Año de la Constitución”. La conferencia, convocada también por el Sindicato de Investigadores del INAH y el Colegio de Antropólogos de Yucatán cumplió con creces las expectativas de los casi sesenta asistentes. El Dr. Cottom de entrada señaló la aridez del tema y lo poco socorrido ya que “faltan eventos para rescatar y estudiar este aspecto relevante para la memoria e identidad”.

El Dr. Bolfy Cottom en su conferencia magistral.

En principio el Dr. Cottom fijó dos conceptos básicos. Por Constitución, dijo, debe entenderse “las decisiones políticas fundamentales, el complejo normativo que regula la organización y ejercicio del poder”. Y del concepto teórico de patrimonio cultural destacó que en solo una parte interviene el Estado y es “en este ámbito que tiene relación con el tema constitucional”. Hay que considerar, expresó, que en la historia de la humanidad existen cosas más trascendentes que otras (las tablas de los reyes, la tabla de Gilgamesh, etc.), que terminan siendo “las decisiones políticas fundamentales” pues norman a las sociedades que las crean. Su fuente de voluntad es el pueblo, lo que les permite constituirse como grupo, comunidad u nación.

Existen agregó dos visiones sobre el hecho constitucional. Desde la teoría política se le observa como un movimiento social, pero desde el derecho como el complejo normativo que regula el ejercicio del poder. Por eso toda Constitución es muy debatida y cuando se está construyendo no faltan sectores poderosos que quieren imponerse más en su contenido y definición. Así, al igual que con la Constitución, con el patrimonio cultural (PC) ocurre algo análogo pues es también una construcción social. El concepto PC nació como tal a fines del siglo XIX y principios del XX, pero su antecedente remonta la era helenística y deriva de la noción de monumento. Monumento es un documento, apuntó, y como tal es fuente de conocimiento. Por eso influyó en la noción de PC desde fines del siglo XIX, consolidándose en siglo XX y haciéndose más rico y extenso.

El PC son creaciones culturales, pero como no toda la cultura se preserva entonces, como es su caso, separa PC de cultura. Esta es dinámica y solo lo que prevalece es precisamente PC, pues “si no se preserva no es patrimonio”. Citando a Lipovetzky explicó cómo en la actualidad vivimos en una era “líquida”, donde todo es ligero y desechable, por eso muchas cosas son destruidas por las sociedades contemporáneas, a veces, incluso, elementos claves del pasado. Como sea, destacó, lo que se preserva es esencial para la identidad de un pueblo. En este sentido, detalló que la evolución teórica del concepto de PC es distinta de su sistematización legal y “solo cuando hablamos de la intervención del
gobierno es cuando se hace constitucional”. Así, en México, la sistemática constitucional ha estado siempre ligada a la noción de monumento, hecho que procede desde la Constitución de Cádiz.

La noción de monumento se adicionó a la Constitución Política de México en el siglo XX y posee una fuerte carga ilustrada ya que se pone énfasis en la parte educativa. La Ilustración también influyó para asociar “cultura” con las bellas artes. Esto ha dado paso a una interpretación errónea ya que se entiende cultura de forma muy diferente de la noción amplia en donde cultura es una condición humana y no un privilegio; en la visión ilustrada, el “acceso a la cultura” se asocia solo al acceso a las bellas artes (lectura, teatro, música, y demás). Como sea, en lo respectivo a la forma en que se ha entendido en las Constituciones antecedentes la noción de monumento si bien remota a Cádiz es en el Art. 125 de la Constitución de 1857 “cuando se empieza a construir tradición jurídica de protección de monumentos”, tanto que en la primera ley federal sobre monumentos arqueológicos que señala que son de la nación, el ministro Baranda defendió que el uso de la palabra “edificios” en dicha Constitución “implicaba la voz monumentos”. Fue este un parte-aguas de lo que llegaría después y hasta nuestros días.

El Dr. Cottom llamó la atención de que esa es nuestra tradición legislativa, pues se legisla sobre monumentos no sobre patrimonio cultural pese a que la noción se ha hecho presente en la Exposición de Motivos de la Ley de 1914 y en derogada Ley Federal de 1970. Es por eso que esta última padecía de un problema de inconstitucionalidad, pese a su estatus avanzado, pues chocaba con la historia constitucional de la nación. Un aspecto relevante es que también cada una de las constituciones fue afirmando que los monumentos eran propiedad de la nación, tal como en su momento defendieron José Vasconcelos y Ezequiel Chávez respecto de las escuelas de instrucción básica, y de forma previa el ministro Baranda. El expositor agregó que debido al enorme saqueo de la riqueza prehistórica y paleontológica de nuestro país, en 1985 se adicionó a la Ley Federal vigente la protección de restos fósiles.

Otra adición, ligada como se dijo a la noción ilustrada elitista de cultura igual a bellas artes se dio al art. 4º Constitucional el año 2009 con la idea del “acceso a la cultura”, pero solo ha sido una copia mecánica de otras constituciones. Destacó de nuevo que la cultura no es un derecho, pues todos tenemos cultura, sino una condición humana, por lo que legislar en ese sentido implica reverberar en formas ilustradas limitadas cuando que en todo caso se debe legislar sobre derechos culturales. Criticó de forma directa, para concluir, la irresponsabilidad de las legislaturas actuales ya que terminan encargando a grupos reducidos o con visiones sesgadas de “cultura” (cultura como recurso económico, por ejemplo), propuestas de iniciativas legislativas que en sus encargos como legisladores deben acometer. Y tal como recupera en la obra que recién concluyó y se presentará el día 17 de marzo en el CIR-Sociales de la UADY Debates por la Cultura. Las consultas públicas que precedieron a la promulgación de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos en la Cámara de Diputados, 1972, los legisladores la construyeron escuchando a artistas, músicos, intelectuales, académicos, entre otros actores sociales relevantes de esos años.