sábado, 28 de noviembre de 2015

noviembre 28, 2015
CIUDAD DE MÉXICO, 28 de noviembre.- En sesión del 25 de noviembre del año en curso, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al resolver los amparos en revisión 376 y 420/2015, a propuesta del Ministro José Ramón Cossío Díaz, se concedió la protección de la justicia federal a dos parejas del mismo sexo del Estado de Jalisco, al estimar inconstitucional el artículo mediante el cual se les negó su solicitud de matrimonio.

Para la Primera Sala, el artículo 258 del Código Civil de dicha entidad federativa, al limitar la celebración del matrimonio a un hombre y una mujer, excluye de él a las parejas del mismo sexo, lo que conlleva una discriminación basada en la preferencia sexual de las personas, lo cual es una categoría prohibida por el artículo 1° constitucional.


De esta manera, una vez más la Primera Sala, por una parte, declara la inconstitucionalidad de la porción normativa que limita la celebración del matrimonio entre “un hombre y una mujer” y, por otra, subraya que los efectos del presente amparo vinculan a todas las autoridades del Estado de Jalisco a tomar en consideración la inconstitucionalidad del mensaje transmitido por el precepto impugnado, por lo cual no podrán utilizarlo como base para negar a los quejosos beneficios o establecer las cargas relacionadas con la regulación del matrimonio, lo que es un efecto propio de la concesión de un amparo contra leyes, que es la inaplicación futura de la ley.

En el caso, una pareja de mujeres y una de hombres presentaron su solicitud de matrimonio ante la Oficialía del Registro Civil correspondiente, misma que con fundamento en el artículo impugnado las consideró improcedentes.

Inconformes promovieron amparo, el cual les fue concedido por el juez competente al realizar una interpretación conforme. En contra de esta resolución, tanto el Congreso del Estado como el Oficial del citado Registro interpusieron recurso de revisión. (SCJN)

Escribe Cristian Galarza en elbigdata.mx:

Con la resolución de la Primera Sala... suman 25 parejas homosexuales las que han logrado el reconocimiento a su derecho a unirse en matrimonio en esa entidad.

Es la tercera vez que la SCJN se pronuncia a favor de las parejas del mismo sexo en ese estado al resolver amparos, tanto en lo individual como en colectivo.

Con todo y las resoluciones de la Corte, en Jalisco aún no se ha presentado proyecto alguno respecto al matrimonio igualitario.

En entrevista con El Big Data Mx, Benjamín González Mauricio, uno de los abogados que promovió los amparos, dijo que en los próximos días las parejas podrán presentarse ante la Oficina del Registro Civil con todos los requisitos para realizar su solicitud de matrimonio y fijar la fecha del enlace.

“Al negar el derecho de matrimonio a los gays y lesbianas, las autoridades de Jalisco y otros estados de la República están incurriendo en graves violaciones a los derechos humanos”, señaló González Mauricio.

La pareja de hombres que consiguió el amparo es conocida como “Los Luises” llevan dos años intentando que las autoridades jalicienses reconozcan su unión y su propósito de fundar una familia.

El 12 de junio la SCJN declaró inconstitucional impedir el matrimonio entre personas del mismo sexo en todo el país, sin embargo al no haber legislación al respecto, parejas de cada estado han tenido que interponer diversos recursos legales para lograr sus uniones.

Hasta el momento sólo el DF y Coahuila tienen leyes de matrimonio igualitario, en Quintana Roo un vacío legal lo permite.