miércoles, 18 de noviembre de 2015

noviembre 18, 2015
MÉRIDA, Yucatán, 18 de noviembre.- Comunicado de la Arquidiócesis de Yucatán: 

Hermanos todos en el corazón de Cristo Jesús ¡PAX!

“La misericordia de Dios es más fuerte que la huella que nos deja el pecado en  nuestros comportamientos y en nuestros pensamientos. ...Ella se transforma en Indulgencia que alcanza al pecador perdonado y lo libera de todo residuo, habilitándolo a obrar en caridad, a crecer más en el amor que recaer en el pecado” (Misericordiae vultus, n. 22).

Estimados hermanos…

Es deseo del Santo Padre que la indulgencia jubilar llegue a cada uno de los fieles cristianos como genuina experiencia de la misericordia de Dios, la cual va al encuentro de todos con el rostro del Padre que acoge y perdona, olvidando completamente el pecado cometido.

Con motivo de la celebración del Año de la Misericordia, que iniciará el 8 de diciembre del 2015, solemnidad de la Inmaculada Concepción, y culminará con la solemnidad litúrgica de Jesucristo Rey del Universo, el 20 de noviembre de 2016, y de acuerdo con la Bula con el que el Papa Francisco convoca a toda la Iglesia al Jubileo Extraordinario de la Misericordia, publicada el pasado 11 de abril del 2015, y de su Carta dirigida a todos los fieles de la Iglesia con fecha 1° de septiembre del 2015, donde concede la Indulgencia con ocasión de este Jubileo, establece que para vivir y obtener la indulgencia los fieles están llamados a realizar:

a) Una breve peregrinación hacia la Puerta Santa, abierta en cada Iglesia Catedral o en las iglesias establecidas por el obispo diocesano y en las cuatro basílicas papales en Roma, como signo del deseo profundo de auténtica conversión. Igualmente dispongo que se pueda ganar la indulgencia en los santuarios donde se abra la Puerta de la Misericordia y en las iglesias que tradicionalmente se identifican como Jubilares.

b) Este momento esté unido, ante todo, al Sacramento de la Reconciliación y a la celebración de la santa Eucaristía con una reflexión sobre la misericordia.

c) Es necesario acompañar estas celebraciones con la profesión de fe y con la oración por el Santo Padre y por las intenciones que él lleva en el corazón para el bien de la Iglesia y de todo el mundo.

d) Los imposibilitados a llegar a la Puerta Santa, especialmente los enfermos y las personas ancianas y solas, podrán vivir con fe y gozosa esperanza este momento de prueba, recibiendo la comunión o participando en la santa misa y en la oración comunitaria, a través de los diversos medios de comunicación, será para ellos el modo de obtener la indulgencia jubilar.

e) Los presos, que experimentan la limitación de su libertad, podrán ganar la indulgencia en las capillas de las cárceles, y cada vez que atraviesen la puerta de su celda, dirigiendo su pensamiento y la oración al Padre,
pueda este gesto ser para ellos el paso de la Puerta Santa, porque la misericordia de Dios, capaz de convertir los corazones, es también capaz de convertir las rejas en experiencia de libertad.

f) Viviendo personalmente una o más de las obras de misericordia tanto espirituales como corporales también se obtendrá la indulgencia jubilar, porque la experiencia de la misericordia se hace visible en el testimonio de signos concretos como Jesús mismo nos enseñó.

g) La indulgencia jubilar, por último, se puede ganar también para los difuntos. De igual modo al recordarlos en la celebración eucarística, también podemos, en el gran misterio de la comunión de los santos, rezar por ellos para que el rostro misericordioso del Padre los libere de todo residuo de culpa y pueda abrazarlos en la bienaventuranza que no tiene fin.

h) Esta Indulgencia solo podrá ser recibida una vez al día, para aplicarla a sí mismo, o  a un difunto a la vez.

En razón de las facultades concedidas para todas las Diócesis por estos dos documentos, ordenamos y disponemos por el presente decreto que en esta Arquidiócesis de Yucatán, a tenor del inciso (a), se pueda recibir la indulgencia plenaria durante el Año de la Misericordia en los siguientes lugares por cada decanato:

•Dec 1 S.I. Catedral

•Dec 2 El Señor de la Divina Misericordia (Mérida)

•Dec 3 Santo Niño de Atocha (Mérida)

•Dec 4 San Juan Pablo II (Mérida)

•Dec 5 San Juan Bautista (Motul)

•Dec 6 Purísima Concepción (Progreso)

•Dec 7 Nuestra Señora de la Natividad (Acanceh)

•Dec 8 Santo Cristo de Amor (Kinchil)

•Dec 9 Nuestra Señora de la Estrella (Peto)

•Dec 10 San Servacio (Valladolid)

•Dec 11 Santos Reyes (Tizimín)

•Dec 12 El Señor Jesús, Divina Misericordia (Izamal)

•Dec 13 Nuestra Señora de Fátima (Mérida)

•Dec 14 San Francisco de Asís (Mérida)

Con el fin de asegurar el acceso al sacramento de la Penitencia y de la consecución del perdón de Dios, de acuerdo con el decreto de la Penitenciaría Apostólica, concedemos a todos los Presbíteros diocesanos y religiosos adscritos a esta Arquidiócesis de Yucatán la facultad no delegable, de escuchar confesiones, y de absolver en el fuero sacramental de las censuras “latae sententiae” no declaradas ni reservadas a la Santa Sede.

Este decreto es válido sólo durante el Año de la Misericordia y estará vigente, según lo acordado en la Conferencia del Episcopado Mexicano para todo México, a partir del III Domingo de Adviento del 13 de diciembre de 2015, en la Misa Inaugural de las 13.00hrs en la S.I. Catedral de Mérida hasta el 20 de noviembre de 2016.

Dado en la Sede del gobierno del Arzobispado de la ciudad de Mérida, Yuc., el 17 de noviembre del año del Señor 2015

+ Gustavo Rodríguez Vega

  Arzobispo de Yucatán

  P. Alejandro Álvarez Gallegos

  Canciller Secretario