domingo, 23 de agosto de 2015

agosto 23, 2015
MÉRIDA, Yucatán, 23 de agosto.- El pasado viernes, la Sala Regional con sede en Xalapa, Veracruz del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) desechó un recurso promovido por varias personas contra la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Yucatán (TEEY) de revocar las constancias otorgadas a tres ex candidatas a diputadas, que recibieron de manos del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Yucatán (IEPAC) solamente para que el Congreso del Estado quedara conformado por igual número de hombres y mujeres.

La conformación de la próxima legislatura local sigue en disputa. En la foto, la nueva sede del Congreso del Estado (foto: JMRM)

De esta manera, Xalapa no dio procedencia a la imugnación promovida por Nancy Walker Olvera, Adelaida Salas Salazar, Bertha Elena Munguía, Ligia Vera Gamboa, Gina Villagómez Valdés, Patricia McCarthy Caballero y Piedad Peniche Rivero, conocidas activistas feministas de la localidad.

Según indica la sentencia, las actoras señalan que el IEPAC realizó la asignación de diputados por el principio de representación proporcional salvaguardo el principio de paridad de género, en razón de que el Congreso del Estado quedaría integrado por doce mujeres, lo cual representa un cuarenta y ocho por ciento del total de diputados (25).

Las inconformes impugnaron el pasado 10 de agosto la sentencia del TEEY con fecha del 31 de julio, mediante la cual se modificó la asignación hecha por el IEPAC dejando sin efecto las constancias otorgadas a las ex candidatas Yahayra Centeno Ceballos, Paloma Angulo Suárez y Cinthya Valladares Couoh, entregándoselas a tres ex candidatos: Manuel Argáez Cepeda, Rafael Montalvo Mata y Moisés Rodríguez Briceño. Es preciso señalar que los seis nombrados pertenecen al Partido Acción Nacional (PAN).

N. de la R.: Cabe mencionar, en este punto, que los mencionados obtuvieron más votos que las tres ex candidatas, quienes al haber contendido en los distritos II, III y XIV, respectivamente, no formaban parte de la lista de representación proporcional y, en base a los sufragios emitidos, tampoco les correspondía entrar por la vía del "repechaje", perdedor con más votos, acorde con lo estipulado en la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Yucatán.

Independientemente de cualquier otra causal de improcedencia, la sentencia señala la extemporaneidad prevista en elartículo 8, párrafo 1, de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

Las quejosas realizaron una conferencia de prensa el pasado viernes 7 de agosto a las puertas de la antigua sede del Congreso para defender la paridad de género, esto es, que el Congreso del Estado quede conformado por igual número de hombres y mujeres sin importar ningún otro factor.

La Red de Mujeres en plural emitió en días pasados un comunicado apoyando la decisión original del IEPAC.

Hasta el momento, Xalapa no ha resuelto la impugnación promovida por al menos dos de las ex candidatas. (JMRM)