jueves, 16 de julio de 2015

julio 16, 2015
Elizabeth Carmen

Es increíble que a estas alturas empresas como Tequila MID sigan teniendo esta clase de prejuicios. El día de ayer asistió mi hermano a este sitio en City Center a lo que las personas de la entrada lo retuvieron a él y sus dos acompañantes argumentando que no le podían dar acceso aún.


Cabe mencionar que quien custodiaba la puerta no vio con muy buenos ojos a mi hermano, digo no sería la primera vez. Mi hermano ya está acostumbrado y ciertamente no lo tomó a mal, sin embargo los de seguridad seguían dando acceso a la gente que estaba consecutiva a mi hermano y sus acompañantes.

Después de un rato vuelven a preguntar si podían pasar y los retienen otro rato más. Una de las acompañantes se dirige a un conocido que labora en el sitio y le comenta que ya llevan un rato esperando y que no han querido darles acceso a lo que éste responde que quizá era porque no traía camisa.

Mi hermano y sus acompañantes se quedan muy extrañados porque momentos antes e incluso en ese preciso momento estaba entrando gente con playeras. Esta misma persona se dirige a las personas que custodiaban la entrada, llámense seguridad o RP's, cuestionando el por qué no los habían dejado pasar, a lo que estos dijeron que simplemente NO PODÍAN PASAR. Sin excusas, sin explicaciones, sin argumentos, simplemente no se les dio la gana de que ellos entraran.

Esta persona se retira. Mi hermano y sus acompañante quedan asombrados y entre murmullos pudieron escuchar cómo uno de ellos hacía referencia a los tatuajes y hacía ademanes señalando los brazos.

No es la primera vez que me entero de una situación de este tipo en este lugar, a otras personas que de igual manera tienen tatuajes visibles tampoco les dieron acceso. A unas conocidas que físicamente son un tanto robustas tampoco les dieron acceso. Pensaba que era una broma o que quizá estaban exagerando pero ahora que sucede esto tan cerca de mí, sé que es totalmente REAL. 

Es estúpido pensar que distintas empresas tengan este tipo de "reglas de etiqueta" ja ja pero sí, amigos, es una realidad, aún queda mucha gente con prejuicios, mucha... esperen ¿cómo es la palabra? ¡Ah, sí! DISCRIMINACIÓN.

A donde miremos siempre habrá alguien que crea que es superior a otros, gente que se cree con el derecho de juzgar a otros, gente con el cerebro vacío y el corazón podrido que se cree con el poder de etiquetar a las personas por su físico, por su color de piel, por su situación económica, por su complexion física, sí, amigos, aún existe mucha gente ESTÚPIDA.

Así que amigo, si tienes tatuajes y quieres asistir a Tequila cúbrelos con maquillaje o con un traje de buzo para que puedas ser admitido; de lo contrario, ¡OLVÍDATE! Anótalo, Daniel.

N. de la R.:
Recomendable consultar la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación y el artículo 58 de la Ley Federal de Protección al Consumidor. Este último indica:

ARTÍCULO 58.- El proveedor de bienes, productos o servicios no podrá negarlos o condicionarlos al consumidor por razones de género, nacionalidad, étnicas, preferencia sexual, religiosas o cualquiera otra particularidad.
Párrafo adicionado DOF 04-02-2004

Los proveedores de bienes y servicios que ofrezcan éstos al público en general, no podrán establecer preferencias o discriminación alguna respecto a los solicitantes del servicio, tales como selección de clientela, condicionamiento del consumo, reserva del derecho de admisión, exclusión a personas con discapacidad y otras prácticas similares, salvo por causas que afecten la seguridad o tranquilidad del establecimiento, de sus clientes o de las personas discapacitadas, o se funden en disposiciones expresas de otros ordenamientos legales. Dichos proveedores en ningún caso podrán aplicar o cobrar tarifas superiores a las autorizadas o registradas para la clientela en general, ni ofrecer o aplicar descuentos en forma parcial o discriminatoria. Tampoco podrán aplicar o cobrar cuotas extraordinarias o compensatorias a las personas con discapacidad por sus implementos médicos, ortopédicos, tecnológicos, educativos o deportivos necesarios para su uso personal, incluyéndose el perro guía en el caso de invidentes.
Párrafo reformado DOF 05-08-1994, 04-02-2004