viernes, 17 de abril de 2015

abril 17, 2015
CIUDAD DE MÉXICO, 17 de abril.- El coordinador de los diputados federales del PRI por Yucatán, Mauricio Sahuí Rivero, señaló ayer que con la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública se termina cualquier privilegio para personas físicas, partidos políticos, sindicatos, fideicomisos y fondos públicos.

Al referirse a la nueva norma aprobada por la Cámara Baja, dijo que cuando entre en vigor, permitirá a los ciudadanos pleno derecho a que los sujetos obligados rindan cuentas, generando una nueva cultura política.

Explicó que se establecen los principios, bases generales y procedimientos para garantizar el acceso a la información de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como persona física, moral o sindicato.

“Se dispone que toda información en posesión de cualquier entidad pública debe ponerse a disposición de la ciudadanía y sólo podrá ser reservada temporalmente por causas de seguridad nacional”, dijo el coordinador de los diputados federales del PRI por Yucatán.

También tendrá por objetivo regular la organización y funcionamiento del Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, así como establecer las bases de coordinación entre sus integrantes.


Además, promover, fomentar y difundir la cultura de la transparencia en el ejercicio de la función pública, el acceso a la información y la participación ciudadana en la toma de decisiones, así como la rendición de cuentas, a través de políticas públicas y mecanismos que garanticen la publicidad de información oportuna, verificable, comprensible, actualizada y completa.

Se establecen los mecanismos para garantizar el cumplimiento y la efectiva aplicación de las medidas de apremio y las sanciones que correspondan.

Sahuí Rivero precisó que se amplió el catálogo de obligaciones de transparencia a cargo de los sujetos obligados para pasar de 17 a casi 50 entre las que destacan las relacionadas con los montos, criterios y convocatorias y listado de personas físicas o morales a quienes por cualquier motivo se les asigne o permita usar recursos públicos.

Detalló que se incorporan figuras como la prueba de daño y la prueba de interés público para los casos que pretenda reservar información o deba ser pública y se establece la imposibilidad de invocar el carácter de reservado cuando se trate de violaciones graves a los derechos humanos, de delitos de lesa humanidad o, bien, cuando se trate de información relacionada con actos de corrupción.

“Se dispone que toda información en posesión de cualquier entidad pública debe ponerse a disposición de la ciudadanía y sólo podrá ser reservada temporalmente por causas de seguridad nacional”, abundó.

El legislador yucateco destacó que cuando se trate de información relativa a violaciones graves de derechos humanos o con actos de corrupción no podrá invocarse el carácter de información reservada.

La ley se compone de 216 artículos y 13 transitorios, y es reglamentaria del artículo 6o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de transparencia y acceso a la información.

En los artículos transitorios se establece que el Congreso de la Unión, las legislaturas de los Estados y la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, tendrán un plazo de hasta un año, contado a partir de la entrada en vigor del decreto, para armonizar la leyes relativas, conforme a lo establecido en esta nueva norma.