martes, 11 de noviembre de 2014

noviembre 11, 2014
MÉRIDA, Yucatán, 11 de noviembre.- El Ayuntamiento de Mérida  obtuvo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la sentencia a favor sobre la controversia constitucional que se promovió a partir de la reforma a diversas disposiciones que realizó el Congreso del Estado a la Ley de Hacienda del Municipio de Mérida.


Con el fallo de la Suprema Corte, el cual se emitió en sesión pública el día de ayer, se resuelve la invalidez del Artículo décimo transitorio del decreto 132, publicado el 23 de diciembre de 2013 y con esto, se demuestra que el Congreso del Estado de Yucatán atentaba contra las facultades del municipio.

El pleno de la Suprema Corte declaró la invalidez del Artículo antes citado, el cual incluyó el Congreso de manera unilateral rechazando la propuesta que había hecho el Municipio. La decisión del Congreso del Estado, determinó la Suprema Corte, viola la autonomía Municipal prevista en la fracción IV del artículo 115 Constitucional.

Para el ayuntamiento, la sentencia es una buena noticia porque se comprueba por vías institucionales, que el Municipio actuó conforme a la ley, pero sobre todo que el propósito de la propuesta original era conservar el patrimonio de los bienes de las personas, y nunca  devaluarlos como en un principio se intentó tergiversar por otros actores políticos. 

El municipio demuestra una vez más, tener la razón en sus causas por defender su autonomía, así como los intereses de los ciudadanos. Además, esta resolución señala que el Congreso del Estado se había extralimitado en sus funciones al invadir las esferas municipales.

Hay que señalar que esta sentencia a favor del municipio se debe entender como un triunfo para todos los municipios de México, ya que se convierte en un ejemplo que queda instituido en el tema de la defensa de la autonomía municipal.

El municipio celebra este fallo a favor y permanece a la espera de la sentencia que de manera oficial, deberá llegar en los próximos días. Este dictamen ordena al Congreso del Estado de Yucatán que dispone de 30 días para notificar al Municipio de incluir un nuevo Artículo transitorio para definir los beneficios en materia predial, tal como se propuso el año pasado. (Comunicado del Ayuntamiento de Mérida)