miércoles, 23 de abril de 2014

abril 23, 2014
MÉRIDA, Yucatán, 23 de abril.- El Tribunal Colegiado en Materia Civil y Administrativa del 14 Circuito ordenó al Registro Civil legalizar el matrimonio de Lorena y Karla, en cumplimiento de un mandato legal.

Lorena y Karla se casaron en enero de este año.

El Equipo Indignación, una agrupación pro derechos humanos, explicó que el 3 de septiembre de 2013 Lorena y Karla tramitaron un amparo en contra de la Dirección del Registro Civil y del oficial uno del Registro Civil de Mérida por rechazar su solicitud para contraer matrimonio.

Meses después, el 8 de noviembre, el Juzgado Cuarto de Distrito en el estado argumentó que la negativa a casarlas vulnera sus derechos a la no discriminación por orientación sexual y a fundar una familia, por lo que concedió el amparo a la pareja y ordenó al Registro Civil efectuar el matrimonio.

Así, el 4 de enero último se realizó la ceremonia civil, sin embargo, el oficial del Registro Civil no entregó a las contrayentes el comprobante de acta de matrimonio, sino una constancia a manera de “recibo” bajo el rubro “Cumplimiento de sentencia”.

Transcurridos unos días, la pareja acudió a solicitar su acta de matrimonio a las oficinas del Registro Civil, donde el personal informó que no podía entregar el documento porque no existía el formato correspondiente, y por ello expediría un acta “diferente” asentada en un libro nuevo denominado “Cumplimiento de sentencias”.

Las agraviadas explicaron que esto implicaba que “su matrimonio no sería reconocido en un acta común de matrimonio ni registrado en el libro respectivo, como se derivaba de la sentencia de amparo”.

Es decir, “el Registro Civil del estado realizó una simulación de matrimonio, pues ni inscribió la unión de Lorena y Karla en el libro respectivo ni emitió un acta con todas las características que contiene el acta y tampoco estableció el régimen matrimonial (mancomunado o de separación de bienes), violando con ello el sentido de la sentencia de amparo y persistiendo en su actitud de discriminar y crear un régimen especial para las uniones entre personas del mismo sexo”, denunciaron.

El Juzgado Cuarto, abundaron, “a pesar de la evidente evasión del Registro Civil de su obligación de aplicar el matrimonio de manera igualitaria, tal como lo señalaba la sentencia de amparo, dio por cumplida la sentencia”.

Por lo anterior, el 11 de febrero Lorena y Karla interpusieron un recurso de inconformidad ante el Tribunal Colegiado de Circuito en Materias Civil y Administrativa, instancia que resolvió a favor de la pareja.

Además determinó que si el acto jurídico del matrimonio sólo se hizo constar en un libro especial denominado “Cumplimiento de sentencias”, “y no de matrimonios, en los libros oficiales correspondientes del Registro Civil, sin contener todos los aspectos relacionados con tal acto (matrimonio), como lo es, entre otros, el relativo al régimen matrimonial, y que el certificado del acta del Registro Civil que se les expidió está contenido en un formato diferente a aquella que se otorga a los matrimonios heterosexuales, es evidente que no puede tenerse por cabalmente cumplida la sentencia de amparo, sino que se hizo de manera defectuosa, pues aunque se pretende haber realizado el matrimonio solicitado por las quejosas, lo hace con una clara diferenciación con los que generalmente se celebran, marcando por consiguiente la discriminación”.

También señaló que “el proceder de las responsables de recibir la manifestación de las quejosas de contraer matrimonio y asentar el acto jurídico en un acta sin inscribirlo en el libro correspondiente, con las formalidades del caso, implica un cumplimiento defectuoso de la citada ejecutoria”.

Asimismo ordenó al Registro Civil “darle trámite” a la solicitud de las quejosas y legalizar su matrimonio, “pero no de cualquier forma, sino como lo dispone la ley de la materia; sólo así se respetaría a las inconformes su derecho fundamental a la igualdad y a la no discriminación”.

En consecuencia, el Registro Civil tendrá que inscribir el matrimonio de Karla y Lorena en el libro respectivo de matrimonios y emitir un acta idéntica a la que se expide en casos de matrimonios heterosexuales.

El Grupo Indignación lamentó que las autoridades del Registro Civil “persistan en su actitud de negar a toda costa el derecho de las parejas del mismo sexo a contraer matrimonio”.

Y consideró que la sentencia del recurso de inconformidad “exhibe el grave retroceso que en materia de derechos humanos se vive en la entidad y el extenuante camino legal que las parejas homosexuales tienen que recorrer para acceder en igualdad de circunstancias a figuras como el matrimonio y a los derechos que de ahí se derivan”. (Rosa Santana para Proceso)