viernes, 11 de abril de 2014

abril 11, 2014
MÉXICO, 11 de abril.- De poco sirvió a Jean Succar Kuri ganar un amparo para reponer el proceso de sentencia: el Tribunal Unitario del 27 Circuito, con sede en este destino vacacional, confirmó hoy la condena de 112 años y seis meses de prisión contra el empresario de origen libanés por los delitos de pornografía infantil y corrupción de menores.


El Consejo de la Judicatura Federal (CJF) informó en un comunicado que el tribunal resolvió en sentido negativo el amparo directo 216/2013 que había obtenido Succar Kuri a fin de reponer el proceso de sentencia en su contra.

La resolución del Tribunal Unitario, precisó el CJF, fue subsanar la “deficiencia formal” mediante la cual Succar Kuri obtuvo el amparo que le concedió el Primer Tribunal Colegiado del 27 Circuito.

Por una omisión “técnica”, el Primer Tribunal Colegiado concedió un amparo directo contra la sentencia condenatoria a Succar Kuri, El Johnny.

Esta omisión consistió en que el secretario de acuerdos del Tribunal Unitario no firmó el expediente en el que se confirmaba la sentencia condenatoria contra el empresario de origen libanés.

Y a un mes de conseguir el amparo, el Tribunal Unitario ratificó la condena contra Succar Kuri, y solo incluyó en la nueva sentencia el nombre y apellidos, tanto de la magistrada que emitió la sentencia, como del secretario que autorizó y dio fe del recurso.

Luego de subsanar la omisión, esa instancia del Poder Judicial Federal determinó ratificar la pena de prisión de 112 años seis meses contra el empresario de origen libanés.

Sin embargo, el CJF establece que la pena a cumplir por el sentenciado será de 60 años de prisión.

El Tribunal Unitario también impuso una multa de 527 mil 874 pesos a Succar Kuri.

De igual modo ordenó que, en el rubro de reparación del daño moral, asuma el pago de todos y cada uno de los tratamientos de “rehabilitación física y psicoterapéuticos” de las siete víctimas de Succar Kuri. (Sergio Caballero para Proceso)