miércoles, 2 de octubre de 2013

octubre 02, 2013
MÉRIDA, Yucatán, 2 de octubre.- La Licenciada María Victoria Tristán Macías nos ha hecho llegar el siguiente comentario en respuesta al artículo Dentro del Derecho, para conocimiento de los maestros, del abogado Luis Felipe Suárez Turriza:

En relación con el comentario titulado: Dentro del Derecho, para conocimiento de los maestros, quisiera hacer unas precisiones al abogado que lo escribió:

"Buscando información sobre la declaratoria general de inconstitucionalidad, encontré este comentario, y sin intención de contrariarlo abogado, ya que usted precisa lo que dice nuestra constitución política, lo cierto es que se olvida del aspecto práctico de dicha disposición, en razón de que, a mi parecer, es casi imposible que en la práctica se dé la declaratoria general de inconstitucionalidad.

Supongamos que los maestros promueven el juicio de amparo en contra de la ley, y el juez de distrito lo concede y declara inconstitucional la norma general, pero no es ésta la sentencia que constituye el antecedente para integrar la declaratoria general de inconstitucionalidad, sino que se requiere de cinco sentencias firmes dictadas en REVISIÓN que declaren la inconstitucionalidad de la norma. Y sabe usted ¿Cuándo la autoridad responsable promoverá el recurso de revisión contra la sentencia del juez de distrito que concedió el amparo? NUNCA, para evitar que se integren las cinco sentencias ejecutorias en revisión y así no reunir los elementos constitucionales para la referida declaratoria. Con todo respeto.

Atte. Lic María Victoria Tristan Macías".

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